Información sobre la Unión europea

Orientaciones para la estabilidad de la Unión económica y monetaria

 

Las decisiones tomadas por el Consejo Europeo cuya reunion se celebró el 17/06/2010 pasado, confirman algunas de las medidas propuestas para proteger la estabilidad de la Unión económica y monetaria.

Después de haber evocado la creación del mecanismo europeo de estabilización financiera, las conclusiones de la Presidencia del Consejo presentan un conjunto de orientaciones a fin de mejorar el gobierno económico, mediante la coordinación de las políticas económicas nacionales, el saneamiento de las finanzas públicas nacionales y el refuerzo de la vigilancia de los mercados financieros. La Comisión europea y un Grupo de Trabajo están encargados de presentar propuestas para concretar estas orientaciones.

 

Gobierno económico europeo

El gobierno económico es el "Grial" de la Unión Europea, a menudo invocado, nunca conseguido. Tal vez la Cumbre del 17 de junio consigua darle un comienzo de realidad, aunque la delegación francesa no haya logrado convencer sus socios de crear una nueva institución (un “Secretariado”) para encarnar este nuevo “Gobierno económico”. Alemania y otros países se opusieron a esta propuesta y se puede comprenderlo: la "inflación" institucional produce confusión. Más vale pués utilizar en primer lugar los instrumentos existentes. Tal fue el razonamiento. Además, mientras que Francia deseaba reforzar la coordinación en la zona del euro, Alemania abogó con éxito para que asocie a todos los Estados miembros de la Unión Europea.

Los elementos acordados son los siguientes:

 

 

- Reforzar el Pacto de estabilidad y crecimiento (muy malogrado estos últimos años) tanto en sus aspectos preventivos como en los correctivos: la vigilancia presupuestaria y las medidas de saneamiento de las finanzas públicas nacionales impuestas en caso de descontrol se acompañarán de sanciones (que, es ecesario recordarlo, ya existen en la actualidad, pero no se aplican…)

 

Para evaluar la situación presupuestaria, se dará una importancia mayor al criterio de la deuda, a su nivel y a su evolución (hasta allí, se hacía hincapié en el nivel del déficit público con relación al PIB, o sea el umbral de 3% del PIB)

 

El Pacto de estabilidad y crecimiento abre la posibilidad para el Consejo de sancionar a un Estado miembro participante que no adopta las medidas necesarias para poner fin a una situación de déficit excesivo.

Inicialmente, la sanción tomará la forma de un depósito sin interés para la Comunidad pero podrá convertirse en multa si el déficit excesivo no se corrige en los dos años siguientes. No obstante, no existe automatismo por lo que se refiere a estas sanciones, que se someten a una evaluación de las circunstancias por el Consejo. Fuente: Web Europa, Glosario

 

Alemania y Francia propusieron crear nuevas sanciones, tales como, por ejemplo, la suspensión de los derechos de votos de los estados qui incumplan los requisitos del Pacto. Pero, aunque los otros Estados esten de acuerdo con la idea de endurecer las sanciones, la suspension de los derechos de voto no convence a todos ya que podría requerir la modificación de los tratados comunitarios, una aventura que pocos países estan dispuestos a vivir de nuevo, dados los contratiempos de estos últimos años.

 

- A partir de 2011, en el marco de un “semestre europeo”, los programas de estabilidad y convergencia para los años venideros se presentarán a la Comisión en primavera, teniendo en cuenta los procedimientos presupuestarios nacionales. Del mismo modo, la Comisión y el Consejo evaluarán los efectos sobre la aplicación del Pacto de estabilidad “de las disposiciones presupuestarias nacionales y marcos presupuestarios a medio plazo”. Se trata del examen de los proyectos de presupuestos nacionales que había propuesto la Comisión europea ("la Comisión europea levanta un revuelo").

- La calidad y la fiabilidad de los datos estadísticos deberán asegurarse, en particular mediante la independencia de los institutos de estadística, a fin de evitar las falsificaciones.

- Desarrollar la vigilancia macroeconómica gracias a un cuadro de indicadores que permitirán seguir y evaluar “la evolución de la competitividad y los desequilibrios, y permitir una rápida detección de tendencias insostenibles o peligrosas”. La situación de los Estados miembros de la zona del euro será objeto de una vigilancia particular.

El informe final del Grupo de Trabajo se presentará al Consejo Europeo en octubre de 2010.

 

Regulación de los servicios financieros

Transparencia y responsabilidad del sector bancario, tales son las directrices. En terminos más generales, se trata de regular los servicios financieros "para conseguir un sistema financiero más seguro, saneado". Por lo que se refiere al objetivo de mejorar la transparencia, el Consejo decidió que se darán a conocer en la segunda mitad de julio los resultados de las pruebas que estan realizando los supervisores bancarios en los principales bancos de la UE por para evaluar las consecuencias que tendría una crisis financiera y la capacidad de los bancos para enfrentarla (“pruebas de tensión”).

Distintas decisiones deberán tomarse en los meses que vienen. El Consejo pide en particular una aceleración del programa legislativo:

- Adopción rápida por el Parlamento y el Consejo de las propuestas legislativas de supervisión financiera hoy día debatidas de modo que la junta europea de riesgos sistémicos y las tres nuevas comisiones de supervisión puedan funcionar a comienzos de 2011

 

- Adopción rápida (antes del verano) de la propuesta legislativa sobre los gestores de fondos de inversión y examen rapido de la propuesta de la Comisión relativa a la supervisión por la Unión Europea de las agencias de calificación crediticia.

- Presentación por la Comisión de las propuestas relativas a los mercados derivados, en particular, las medidas convenientes relativas a las ventas en corto (incluídas las ventas en corto al descubierto) y a las permutas de riesgo de credito, prácticas que causarón la crisis financiera.

- Creación de sistemas de tasas e impuestos sobre las instituciones financieras “para garantizar una justa distribución de la carga" y que los Estados "establezcan incentivos para contener el riesgo sistémico “.

 

Ventas en corto al descubierto (short selling): técnica financiera que consiste en vender hoy títulos que no se poseen, esperando comprarlos más barato en el futuro. A tal efecto, el inversor pide prestados titulos (acciones o bonos, por ejemplo) a un tercero durante un plazo determinado (el periodo que separa la venta inmediata de la compra futura).

Credit default swap (CDS): contrato financiero, parecido a un contrato de seguro, cuyo objeto es proteger contre la quiebra de un prestatario. El comprador de un CDS paga una prima anual y en contrapartida el vendedor se compromete a compensar la pérdida de valor de un activo o el impago. A diferencia de un asegurador "clásico", el vendedor de CDS no está obligado a movilizar de antemano los fondos necesarios para cubrir el riesgo.

Fuente: Matthieu Pigasse, Gilles Finchelstein: “Le monde d'après, une crise sans précédent”, PLON, 2009

Pero ninguna iniciativa concreta se toma, salvo la solicitud dirigida al Consejo y a la Comisión para que "impulsen estos trabajos y vuelvan a informar en octubre de 2010".

¡En resumen, todavía queda mucho por hacer para conquistar el Grial!

21/06/2010

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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