Información sobre la Unión europea

¿Las pensiones, un asunto europeo? - 2

 

 
¿Cuál es la situación en otros Estados miembros?

 

1 - Edad legal de jubilación en algunos Estados miembros (fuente: MISSOC, Mutual Información System on Social Protection, datos : julio de 2011)

España: 65

Francia: aumento progresivo a 62 años en 2017, a partir del 1 de julio de 2011 : a esta fecha la edad de la jubilación pasa a 60 años y 4 meses para las personas nacidas entre el 1 de julio de 1951 y el 31 de diciembre de 1951 (4). A partir del 1 de julio de 2011, se aumenta progresivamente la edad de la jubilación por año de nacimiento para alcanzar 62 años para las personas nacidas en 1955 o más tarde.

Si el periodo de cotización necesario no se alcanza: 65 a 67 años en función del año de nacimiento.

Alemania: 67 años (decidido en 2007, el aumento de la edad de jubilación se aplica de forma progresiva en el périodo 2012 a 2029, empezando por las personas nacidas en 1947) (5)

Bélgica: 65

Dinamarca: 65

Austria: 65 (Hombres), 60 (Mujeres)

Italia: 65 (H), 60 (M)

Portugal: 65

Finlandia: 65

Suecia: a partir de 61 años, con la posibilidad de trabajar hasta 67 años si el empleador está de acuerdo

El Reino Unido: 65 (H), 60 (M)

Bulgaria: 63 (H), 60 (M)

Chipre: 65 (63 para los mineros)

La República Checa: 62 (H), 56 años y 8 meses – 60 años en función del número de niños (M)

Polonia: 65 (H), 60 (M)

Hungría: 62 años, pero la edad aumenta desde 2010 para alcanzar 65 años en 2022 para las personas nacidas en el 1957 o más tarde.

Luxemburgo: 65

Países Bajos: 65

 

2 - Tasa de empleo de los trabajadores de 55 a 64 años en los distintos Estados miembros en 2010 (6)

 

3 – Planes de pensiones de capitalización

Fondos de pensiones, o no

 

Comparación Francia Suecia Alemania Países Bajos Italia (7)

Francia: si, facultativo: Préfon, PERP, Madelin (desde 1993)

Suecia: sí, obligatorio (desde 1998) (2,5% del tipo de cotización)

Alemania: sí, facultativo (desde 1992)

Países Bajos: sí, obligatorio (desde 2009) (13% del tipo de cotización)

Italia: sí, facultativo (desde 1992)

 

Importancia

Según estimaciones, en 2009, los activos de los fondos de pensión representaban (8):

un 129,8% del PIB en los Países Bajos

un 76,8% en Finlandia

un 73% en el Reino Unido

un 44,1% en Irlanda

un 43,3% en Dinamarca

un poco más de 13% en Polonia, Portugal y Hungría,

un 8,1% en España

7,4% en Suecia,

un 5,2% en Alemania

un 4,1% en Italia

un 3,3% en Bélgica

un 2,2% en Luxemburgo

un 0,8% en Francia.

 

La conclusión del Libro blanco no sorprende: la Comisión defiende la necesidad de adaptar, "en mayor o menor", “muchos sistemas de pensiones de la Unión Europea”, sola manera para poder proporcionar "pensiones adecuadas con carácter sostenible". Pero el análisis de la Comisión no siempre convence, ya que deja pendientes varias cuestiones. En particular ¿cómo prolongar la vida laboral de los trabajadores de más edad en un contexto de desempleo creciente de personas que aún no han alcanzado la edad legal de jubilación cómo lo revelan las estadísticas sobre la edad de salida efectiva del mercado de trabajo (por ejemplo 61 años en España por término medio según los datos de la Comisión)? ¿Cómo se tiene en cuenta la dificultad particular de ciertos tipos de trabajo y profesiones que puede justificar una jubilación anticipada? Por último, es de destacar el carácter paradójico de la propuesta de aumentar las pensiones privadas mientras que la crisis financiera disminuye o al menos pone en peligro los activos de los fondos de pensiones (y, por consiguiente, las rentas). Además cabe tambien preguntarse como trabajadores cuyos salarios se estancan o disminuyen, o que pierden su empleo podrán invertir en dichos fondos.

 

06-03-2012

 


4 – Ministère du travail, de l'emploi et de la santé, mis à jour le 05/01/2012 : "La retraite de base du régime général"

5 - Mechthild VEIL:"Retraite à 67 ans : baisse des pensions ou nouvelle culture de travail dans la vieillesse ?",Chronique internationale de l'IRES,n°105

6 - Libro blanco: “Agenda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles”, COM (2012) 55 final de 16/02/2012

7 - Sénat : Commission des affaires européennes, La diversité des financements des régimes de retraite, Actualités européennes 08/09/2010

8 - Libro blanco: “Agenda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles”, Anexo 3

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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