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En octubre, el Consejo europeo toma decisiones...aventuradas

 

Hace dos meses, la Comisión europea publicó varias propuestas para reforzar la gobernanza económica europea, con el fin de presentarlas al Consejo Europeo que debía celebrarse a fines de octubre. No cabe duda que la Comisión se esperaba a que el Consejo modifique dichas propuestas, pero tal vez no había previsto que los Estados iban a complicar el asunto.

En la cumbre de 28 y 29 de octubre, los dirigentes de los 27 países miembros de la Unión Europea pusieron de manifiesto que lejos ser una reunión retuniria, el Consejo estaba dispuesto a tomar decisiones audaces, o incluso "arriesgadas" con el objetivo de adoptar un “cambio fundamental en la gobernanza económica europea” (1).

 

Cambiar la gobernanza económica europea

Con el fin de reforzar el pilar económico de la Unión Económica y Monetaria, los Estados acuerdan aumentar la disciplina presupuestaria, ampliar la vigilancia económica y intensificar la coordinación de las políticas. Las orientaciones que fundamentaban las propuestas de la Comisión europea son aprobadas por el informe del Grupo de Trabajo del Consejo sobre la gobernanza económica europea (2) y el Consejo llama a que el Parlamento Europeo apruebe de forma rápida estas propuestas, de aquí al verano 2011:

  • Un mecanismo permanente de gestión de crisis para salvaguardar la estabilidad financiera de la zona del euro en su conjunto: la Comisión debe “emprender, en estrecha consulta con el Presidente del Consejo Europeo, trabajos preparatorios sobre las características generales del nuevo mecanismo futuro, como por ejemplo, el papel del sector privado, el papel del FMI y las condiciones muy estrictas en las que deben funcionar estos programas“. Así pues, el fondo de estabilización establecido en la primavera se perpetúa.
  • En la rueda de prensa celebrada después de la Cumbre, el Presidente del Consejo Van Rompuy hizo hincapié también en el acuerdo sobre la instauración de un marco de vigilancia macroeconómico y de una modificación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento que abarca en particular, de dar una mayor importancia al criterio de la deuda pública para apreciar la situación presupuestaria de un país (3).
  • En cuanto a la cuestión controvertida de la automaticidad de las sanciones en caso de incumplimiento de las normas del Pacto, esta no se aborda en las conclusiones del Consejo. Pero el Presidente Van Rompuy proporcionó información más amplia en su relación de la Cumbre. Explicó que los Estados aceptaron que “se puedan" imponer sanciones tan pronto como el déficit presupuestario de un país alcance el límite fatídico del 3% del PIB y que sea más facil tomar de la decisión de sancionar a un estado ya que los miembros del Consejo decidirán las sanciones por un voto por "mayoría cualificada invertida”: se adoptará la propuesta de sanciones salvo si una mayoría cualificada vota en contra (el procedimiento actual preve, al contrario, que es necesario reunir una mayoría cualificada para adoptar las sanciones, lo que dificulta esta adopción, obviamente).

 

Revisión limitada del Tratado de Lisboa

La modificación del Tratado de Lisboa fué el "tema sorpresa" de la Cumbre.

Podemos leer en las conclusiones de la Presidencia que los miembros del Consejo invitan a su Presidente, Hermann Van Rompuy, “a iniciar consultas con los miembros del Consejo Europeo sobre una modificación limitada del Tratado… sin que se modifique el artículo 125 del TFUE (cláusula de “no bail-out” o principio de "no corresponsabilidad financiera")”. Esta modificación sería necesaria debido a la creación del mecanismo permanente de estabilización financiera, puesto que la cláusula de no corresponsabilidad prohibe a la Unión europea como a los Estados miembros de rescatar a un país que peligra estar en quiebra. La Comisaria Reding, en nombre de la Comisión, se opusó a una decisión que consideraba impuesta par la "pareja franco alemana" a los otros Estados. Tambien se puede pensar que la Comisión sufrió una humilliación al estar apartada del procedimiento en favor del Presidente del Consejo, cuando la Comisión es la promodora del interés comunitario, con arreglo a los tratados, y dispone, por esa razón, de un poder de iniciativa no sólo en el ambito legislativo sino también en materia de revisión de los Tratados.

La decisión de revisar el Tratado responde a argumentos de Alemania que abogó que su Tribunal constitucional no aceptaría la creación del mecanismo permanente de estabilización si no se procedía previamente a la reforma del Tratado. Ahora bien, se debe recordar que Angela Merkel ya había utilizado este argumento cuando se preparaba el plan europeo de ayuda a Grecia y el fondo de estabilización provisional. En efecto, la participación de Alemania en estas medidas había sido impugnada ante el Tribunal constitucional por varios economistas que pedían al Tribunal prohibir la ayuda alemana a Grecia. Sin embargo, el Tribunal había aprobado esta ayuda “para no poner en peligro a la unión monetaria” y porque “la carga” financiera que representaba para Alemania “no constituiría un perjuicio fundamental para el interés general”. Pero esta jurisprudencia tendría, con arreglo a la opinion del Gobierno alemán, un alcanze limitado ya que se aplicaría solo a medidas temporales. A fin de no arriesgar una censura por parte de un o varios jueces nacionales, los Estados decidieron recurrir al procedimiento de revisión. Se utilizará el procedimiento simplificado de revisión del artículo 48 al 6, más rápido puesto que no preve la reunión de una Convención europea, ni de una Conferencia Intergubernamental (CIG) pero une decisión del Consejo por unanimidad (6). A continuación, la revisión deberá ser ratificada por los 27 países conforme con sus procedimientos propios de ratificación, una situación aventurada habida cuenta de las desventuras padecidas por las anteriores y recientes ratificaciones.

 

09/12/2010

 


1 - Consejo Europeo, 28 y 29 de octubre de 2010, Conclusiones

2 - Informe del Grupo de Trabajo del Consejo: Reforzar la gobernanza económica de la UE

3 - Press remarks by Herman VAN ROMPUY President of the European Council following the first session of the European Council

4 - Jean Quatremer: “Gouvernement économique: la Commission ne veut pas d'un nouveau traité”, bruxelles.blogs.liberation.fr, 27/10/2010

5 - Federal Constitutional Court - Press office - Press release no. 30/2010 of 8 May 2010 - Order of 7 May 2010 – 2 BvR 987/10 – Temporary injunction to prevent giving of guarantee for loans to Greece is not issued

6 - Tratado de la Unión europea

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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