Información sobre la Unión europea

Clima perturbado para la Presidencia hungara de la Unión

 

 

Desde el 1 de enero de 2011, Hungría asume la Presidencia de turno de la Unión Europea. El 7 de enero se celebró la entrega oficial de poder por el primer Ministro belga a su homólogo húngaro. Pero las festividades y la presentación del programa de Hungría fueron ensombrecidas por la polémica sobre las medidas antidemocráticas tomadas por el Gobierno húngaro.

 

El programa de la Presidencia húngara para la UE

Se puede resumir en pocas palabras: “Fomentar el éxito de la estrategia Europa 2020”. La Presidencia húngara quiere reforzar la reestructuración económica de la Unión gracias a una estrategia de crecimiento orientada hacia el futuro y a un refuerzo de la coordinación de las políticas económicas, o sea, de la gobernanza económica europea. El programa consta de cuatro temas principales:

  • Crecimiento y empleo para la protección del modelo social europeo: se hace hincapié en las condiciones de vida de los ciudadanos, el empleo y el crecimiento sostenible, en particular mediante medidas de apoyo a las PYME en la medida en que estas se consideran como motores de la creación de empleo. De conformidad con los objetivos de inclusión social y de lucha contra la pobreza, los niños pobres y los gitanos romanis deberán beneficiarse de “medidas muy importantes”.
  • Una Europa más fuerte: Hungría quiere intensificar las políticas sectoriales determinantes para el futuro y las nuevas generaciones: alimentación, energía y agua (con, en particular, la adopción de una estrategia de desarrollo de la región del Danubio);
  • Una Unión europea para los ciudadanos: la continuación de la realización del programa de Estocolmo (prioridades en materia de justicia e inmigración), la ampliación del espacio Schengen a Rumania y Bulgaria a fin de mejorar la libre circulación de ciudadanos, la protección de los derechos fundamentales, la diversidad cultural son los temas que se favorecerán para que la Unión actué en “ámbitos que se refieren directamente a la vida cotidiana de sus ciudadanos
  • Ampliación y política de vecindad: las negociaciones con Croacia deberían concluirse antes del termino de la Presidencia húngara en junio de 2011. La Presidencia húngara quiere también apoyar los Balcanes occidentales, ofrecerles una perspectiva europea “con el fin de que se estabilize esa región” y “que se refuerze la dimensión oriental de la política de vecindad”.

En una entrevista publicada en el sitio web del Consejo, el Primer Ministro húngaro Viktor Orbán afirma: “tener una Presidencia húngara en este período es una buena noticia para Europa ”.

Pero se puede dudar que los otros países miembros y la Comisión europea compartan esta opinión ya que Hungría comienza su Presidencia en un clima de polémica.

 

Una Presidencia controvertida

La llegada de Hungría a la cabeza de la UE coincide con la entrada en vigor en ese país de una ley relativa a los medios de comunicacíon cuyo objetivo parece ser claramente de amordazar estos últimos. En efecto, esta ley crea una nueva autoridad a fin de supervisar la producción de noticias en los medios de comunicación públicos. Dicho organismo tendrá el poder de imponer multas importantes a un medio en caso “de ataque al interés público, al orden público y la moral”, o de difusión de información parcial, sin que la ley dé más precisión sobre el significado de este concepto. La situación es, pués, muy preocupante para la imparcialidad de la información, y aún más sabiendo que la nueva autoridad se compone en mayoría de miembros del partido que esta al poder. Esta nueva autoridad tendrá también acceso a los documentos de los órganos de prensa y podrá obligar a los periodistas a revelar sus fuentes en los asuntos relacionados con la seguridad nacional o el orden público.

Otro motivo de enfado es el "impuesto por la crisis" aplicado en Hungria y que afecta principalmente a sociedades extranjeras. Se trata de impuestos excepcionales (se preve que expiren en 2013) aplicables a las empresas de telecomunicaciones, minoristas y del sector energetico, es decir, sectores cuya contribución al PIB es imortante. Pero estos sectores se caracterizan por una fuerte presencia de empresas de otros países de la UE. El impuesto hungaro podría pues obstaculizar las libertades de establecimiento y prestación de servicios al constituir de hecho un tratamiento discriminatorio de las sociedades extranjeras. La cuestión de su conformidad se sometió a la Comisión Europea por varias compañias extranjeras afectadas.

Acusada de preocuparse más por los negocios que por la libertad de la prensa, la Comisión Europea, es cierto, ha parecido desconcertada y a tardado en pedir explicaciones al Gobierno húngaro sobre la ley de medios.

 

¿Qué acciones jurídicas son posibles?

A parte de la solución política, el problema puede resolverse basandose en varios argumentos jurídicos. Pero es dudoso que todos sean idóneos.

Por una parte, la Directiva 2007/65 sobre los servicios de medios de comunicacíon audiovisuales (Directiva de 11 de diciembre de 2007 por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros) obliga a los estados miembros a garantizar la independencia de la autoridad de reglamentación nacional encargada de su aplicación. Fomenta además, la autorregulación y la corregulación. Por lo tanto, la composición de la autoridad húngara de supervisón de los medios de comunicacíon no parece reunir los requisitos de la Directiva.

Más allá de la Directiva, la ley húngara viola, en opinión de ciertos Estados miembros y eurodiputados, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Ésta última consagra la libertad de los medios de comunicacíon y su pluralismo, asi como la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas “sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas”. Pero es necesario recordar que la Carta de Derechos Fundamentales sólo se aplica a la legislación comunitaria y a su aplicación por las instituciones europeas y por los Estados miembros en sus países respectivos. En este caso concreto, la violación de la Carta podría alegarse para cuestionar la aplicación de la Directiva 2007/65 por Hungría. Pero no es cierto que pueda serlo de manera más amplia, en la medida en que la libertad de la prensa sigue siendo regulada por los derechos nacionales y, en particular, por las disposiciones constitucionales que prevalecen sobre la Carta.

Queda entonces sin embargo la posibilidad de utilizar el procedimiento del artículo 7 del Tratado de la Unión europea que permite dirigir recomendaciones a un Estado miembro,y, en caso de que hayan sido inutiles, de imponer sanciones a dicho Estado (suspensión de sus derechos, incluidos los derechos de voto) si existe "un riesgo claro de violación grave” por parte de este Estado “de los valores contemplados en el artículo 2” es decir, en particular, los derechos fundamentales consagrados por la Carta europea de los derechos y libertades fundamentales, por las tradiciones constitucionales de los Estados y por los principios generales del Derecho comunitario. Este procedimiento es difícil de aplicar porque exige una unanimidad en el Consejo para constatar la violación del artículo 2, o sea para dar principio a su aplicación concreta.

Tal vez, esto explica en parte la cautela de la Comisión Europea y el hecho de que ésta parece preferir, por el momento, el debate. En la rueda de prensa que siguió el encuentro de la Comisión Europea con el Gobierno húngaro el 07/01/2011, JM Barroso recordó que el principio de la libertad de la prensa es un “principio sagrado” en la Unión Europea y que el pluralismo de los medios de comunicacíon es un componente fundamental de las sociedades europeas. Añadió que el Primer Ministro húngaro le había afirmado que la ley controvertida será revisada para ajustarla al derecho de la Unión Europea si la Comisión Europea, tras haber examinado sus disposiciones, dictamina que viola el Derecho comunitario.

De momento pués, un procedimiento contra Hungría no esta al orden del día.

Queda por recordar que no es la primera vez que se acusa a un país europeo de violar los derechos fundamentales (véanse por ejemplo : "un día negro para la libertad de la prensa en la Unión europea"). Lo que está en juego es la capacidad y la voluntad de la UE en hacer respetar y aplicar “valores y principios que corresponden de verdad a la naturaleza de la Unión Europea” como lo decía el eurodiputado Guy Verhofstadt en un debate sobre la libertad de la prensa en Italia en septiembre de 2009. En este largo camino que debe recorrerse, la opinión pública y los propios medios de comunicacíon tienen un papel importante ya que si JM Barroso se decidió a abordar el tema en la rueda de prensa, es porque sabía, como el mismo lo reconoció, “que el tema concentra la atención de todos”. Y eso, es más bien prometedor.

11/01/2011

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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